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O.T. Del Nido al talego

Último artículo 24-01-2014 13:38 escrito por eduguada. 51 respuestas.
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  • 19-12-2011 13:54

    O.T. Del Nido al talego

     

    Del Nido, condenado a siete años y medio de prisión
    Sevilla F.C. - Noticias
    Lunes, 19 de Diciembre de 2011 12:27
    José María del Nido, el pasado viernes en la Junta General de Accionistas del Sevilla.

    José María del Nido, el pasado viernes en la Junta General de Accionistas del Sevilla.

    La Sección Tercera de la Audiencia de Málaga ha dado a conocer este lunes la sentencia del caso 'Minutas', sobre las presuntas irregularidades en los encargos realizados por el Ayuntamiento de Marbella al letrado José María del Nido. El abogado ha sido condenado a siete años y seis meses de prisión, al igual que el ex alcalde marbellí, Julián Muñoz, por fraude en concurso medial con prevaricación y malversación de caudales públicos.

    Además, el exasesor urbanístico y considerado el cerebro de la trama del caso 'Malaya', Juan Antonio Roca, ha sido condenado a cuatro años de prisión, tres de ellos por malversación de caudales y uno por fraude.

    La vista oral de este juicio comenzó el 6 de abril de 2010 y terminó el 24 de junio de este año. La Fiscalía Anticorrupción, que presentó la querella origen del caso tras analizar informes de fiscalización del Tribunal de Cuentas sobre el Consistorio, acusó a 16 personas. El Ayuntamiento marbellí ha ejercido la acusación particular.

    El fiscal modificó su escrito inicial para Del Nido solicitando una pena de 30 años de cárcel, frente a los 13 años y medio iniciales. Le acusó de los delitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos, delito societario, falsedad documental y deslealtad profesional -por el que solicita cuatro años de inhabilitación para ejercicio de abogado-; todos ellos continuados; así como fraude y tráfico de influencias.

    Respecto a Muñoz, el fiscal también modificó sus conclusiones iniciales y elevó la petición de cárcel de 16 años y medio a 28 años de prisión, con una inhabilitación especial para cargo público de 18 años, al margen de la inhabilitación absoluta y la suspensión de empleo. Así, se le acusa de los delitos de prevaricación administrativa, malversación y delito societario, todos con carácter continuado; de fraude y de prevaricación de órgano colegiado.

    Asimismo, la acusación pública eliminó el delito de asociación ilícita, que afectaba a Del Nido, a Muñoz y a otros acusados, y el de malversación de bienes inmuebles; aunque se introdujo uno nuevo de fraude, que afecta a ambos y a la letrada y ex mujer del presidente del Sevilla, Ángeles Carrasco, y de tráfico de influencias, sólo para el letrado, en relación con la segregación del núcleo poblacional de San Pedro Alcántara.

    El ministerio fiscal sostuvo durante todo el proceso que la contratación de los servicios profesionales del letrado para este proceso de fiscalización se realizó "sin" el preceptivo expediente y se le adjudicaron los servicios y el ejercicio de las acciones concretas "mediante decretos inmotivados", considerando que se pretendía "una maquinación defraudatoria estable y progresiva, al menos desde el año 1999".

    Del Nido, por su parte, siempre defendió su trabajo y aseguró que recibió órdenes de impugnar la fiscalización, pero no tuvo misión de retrasar la tarea ni obstaculizar la labor, negando que creara una espiral procesal para cobrar minutas que no debía. Dijo que su actuación era "necesaria" y fue "efectiva". Asimismo, en su derecho a la última palabra dijo que entendía que se le había aplicado el derecho penal de autor.


    http://www.eldesmarque.es/sevilla/42535-del-nido-condenado-a-siete-anos-y-medio-de-prision-avance

    Diles que se vayan
  • 19-12-2011 13:56 en respuesta a

    Re: O.T. Del Nido al talego

     Con esa condena va palante, aunque recurrirá...

    "El Atlético no se merece que le estén tratando como le están tratando. No se puede conformar con entrar en Europa, estoy en contra de anuncios como ese de 'Papá, ¿por qué somos del Atleti?'. ¡No! Cuando yo estaba siempre salíamos a competir a por la Liga, la Copa, todo. ¡Vuestros padres no nos permitían otra cosa! Somos el tercer equipo de España, pero nos hemos alejado de nuestra historia. Pero pensad que, cuando una puerta se cierra, se abre una ventana".
    Luis Aragonés en su Gaudeamus

    Diles que se vayan
    https://fbcdn-sphotos-d-a.akamaihd.net/hphotos-ak-ash4/404125_10151097005874053_1474836781_n.jpg
  • 19-12-2011 13:56 en respuesta a

    Re: O.T. Del Nido al talego

    Ahora solo falta que le acompane la basura de Calam.

  • 19-12-2011 14:06 en respuesta a

    Re: O.T. Del Nido al talego

    JESUSEZ:

     Con esa condena va palante, aunque recurrirá...

    Tu que sabes de esto, ¿TSJ y Supremo o Supremo directo?

    Un saludín.

  • 19-12-2011 14:30 en respuesta a

    Re: O.T. Del Nido al talego

    Por cierto, Tomás Reñones ha sido absuelto de este caso. NO se si tendrá alguno más pendiente.


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    You're all a bunch of fuckin' idiots. Let people tell you what you're gonna do. Let people push you around. How long do you think its gonna last? How long are you gonna let it go on? How long are you gonna let them push you around. how long... Maybe you like it, may be you like you push you around. Maybe you love it. Maybe you love getting your face stuck in the ***. come'n, maybe you love you push you around.... you love it, don´t you? . you love it ...You're all a bunch of slaves. Bunch of slaves. you´re all a bunch of slaves. Letting everybody push you around.
    What are you gonna do about it? What are you gonna do about it...What are you gonna do about it?.....................
  • 19-12-2011 14:31 en respuesta a

    Re: O.T. Del Nido al talego

    pasaba:
    JESUSEZ:

     Con esa condena va palante, aunque recurrirá...

    Tu que sabes de esto, ¿TSJ y Supremo o Supremo directo?

    Un saludín.


    Artículo 846 bis a. LECrim.

    Las sentencias dictadas, en el ámbito de la Audiencia Provincial y en primera instancia, por el Magistrado-Presidente del Tribunal del Jurado, serán apelables para ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la correspondiente Comunidad Autónoma.

     

    Artículo 847. Redacción según la Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo.

    Procede el recurso de casación (ante el TS) por infracción de ley y por quebrantamiento de forma contra:

    1. Las sentencias dictadas por la Sala de lo Civil y Penal de los Tribunales Superiores de Justicia en única o en segunda instancia y

    2. Las sentencias dictadas por las Audiencias en juicio oral y única instancia.

     

    Es previsible que vaya primero al TSJ, pero dependerá de cómo se planteé el recurso por la defensa del prezi, porque como ves, cabe acudir al TS directamente, aunque para alargar el asunto lo normal es que acudan a la primera opción para luego ir al Ts.

    Otrito pa usté.

    Edito para aclarar...si la sentencia de la AP ha sido en única instancia tiene que recurrirse ante el Ts, pero ya digo que no lo sé, me faltan datos.

     

    "El Atlético no se merece que le estén tratando como le están tratando. No se puede conformar con entrar en Europa, estoy en contra de anuncios como ese de 'Papá, ¿por qué somos del Atleti?'. ¡No! Cuando yo estaba siempre salíamos a competir a por la Liga, la Copa, todo. ¡Vuestros padres no nos permitían otra cosa! Somos el tercer equipo de España, pero nos hemos alejado de nuestra historia. Pero pensad que, cuando una puerta se cierra, se abre una ventana".
    Luis Aragonés en su Gaudeamus

    Diles que se vayan
    https://fbcdn-sphotos-d-a.akamaihd.net/hphotos-ak-ash4/404125_10151097005874053_1474836781_n.jpg
  • 19-12-2011 15:09 en respuesta a

    Re: O.T. Del Nido al talego

    Muy bien, pero que primero cierre lo de Reyes

    El Calderón no estorba en este proyecto

    POR UN ATLETI DIGNO
  • 19-12-2011 15:16 en respuesta a

    Re: O.T. Del Nido al talego

    Coño !!!,  le condenan por Cooperador necesario. Esta de moda ese delito.

     

    ATLETI ATLETI, ATLETICO DE MADRID... SIN GIL
  • 19-12-2011 15:23 en respuesta a

    Re: O.T. Del Nido al talego

    Del Nido y Muñoz, condenados a 7 años de cárcel por la Audiencia de Málaga
    El abogado al igual que el ex alcalde marbellí han sido condenados por fraude en un concurso con prevaricación y malversación de caudales públicos
    Por Redacción

     

    19/12/2011 13:25

    La Sección Tercera de la Audiencia de Málaga ha dado a conocer este lunes la sentencia del caso 'Minutas', sobre las presuntas irregularidades en los encargos realizados por el Ayuntamiento de Marbella al letrado José María del Nido. El abogado ha sido condenado a siete años y seis meses de prisión, al igual que el ex alcalde marbellí, Julián Muñoz, por fraude en un concurso público con prevaricación y malversación de caudales públicos.

    Así, quedan absueltos de falsedad documental y de delito societario continuado. Del Nido, además, estaba acusado de tráfico de influencias, apropiación indebida, presentación de documento falso y deslealtad profesional pero la Sala lo absuelve de estos cargos.

    Además, Muñoz y Del Nido han sido condenados a 15 años de inhabilitación absoluta y deberán indemnizar al Ayuntamiento de Marbella con 3.058.505 euros y 2,7 millones de euros, respectivamente.El fiscal modificó su escrito inicial para Del Nido solicitando una pena de 30 años de cárcel, frente a los 13 años y medio iniciales.Respecto a Muñoz, elevó la petición de cárcel de 16 años y medio a 28 años de prisión.

    Por su parte, el ex asesor urbanístico y considerado el cerebro de la trama del caso 'Malaya', Juan Antonio Roca, ha sido condenado a cuatro años de prisión, tres de ellos por malversación de caudales y uno por fraude.

    La Fiscalía Anticorrupción, que presentó la querella origen del caso tras analizar informes de fiscalización del Tribunal de Cuentas sobre el Consistorio, acusó a 16 personas. El Ayuntamiento marbellí ha ejercido la acusación particular. La vista oral de este juicio comenzó el 6 de abril de 2010 y terminó el 24 de junio de este año.

    Maquinación defraudatoria

    El ministerio fiscal sostuvo durante todo el proceso que la contratación de los servicios profesionales del letrado para este proceso de fiscalización se realizó "sin" el preceptivo expediente y se le adjudicaron los servicios y el ejercicio de las acciones concretas "mediante decretos inmotivados", considerando que se pretendía "una maquinación defraudatoria estable y progresiva, al menos desde el año 1999".

    Del Nido, por su parte, siempre defendió su trabajo y aseguró que recibió órdenes de impugnar la fiscalización, pero no tuvo misión de retrasar la tarea ni obstaculizar la labor, negando que creara una espiral procesal para cobrar minutas que no debía. Dijo que su actuación era "necesaria" y fue "efectiva". Asimismo, en su derecho a la última palabra dijo que entendía que se le había aplicado el derecho penal de autor.
     
     
    -------------
     
     
    Vaya, parece que algunos si que les meten en la carcel por eso...

     

  • 19-12-2011 15:24 en respuesta a

    Re: O.T. Del Nido al talego

     Eso le pasa por juntarse con la Famiglia...



  • 19-12-2011 16:16 en respuesta a

    Re: O.T. Del Nido al talego

    Va a acabar en la cárcel todo el mundo menos los herederos.

     

    EL ATLÉTICO DE MADRID VA A GANAR CERO EUROS CON EL CAMBIO DEL ESTADIO.

    Fdo: Miguel Ángel Gil Marín.
  • 19-12-2011 16:24 en respuesta a

    Re: O.T. Del Nido al talego

    reimon:
    Va a acabar en la cárcel todo el mundo menos los herederos.

    Yo cada día tengo más claro el tema de la garganta profunda.

    Quesada siempre presente!!!
  • 19-12-2011 16:45 en respuesta a

    Re: O.T. Del Nido al talego

    JESUSEZ:

    pasaba:
    JESUSEZ:

     Con esa condena va palante, aunque recurrirá...

    Tu que sabes de esto, ¿TSJ y Supremo o Supremo directo?

    Un saludín.


    Artículo 846 bis a. LECrim.

    Las sentencias dictadas, en el ámbito de la Audiencia Provincial y en primera instancia, por el Magistrado-Presidente del Tribunal del Jurado, serán apelables para ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la correspondiente Comunidad Autónoma.

     

    Artículo 847. Redacción según la Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo.

    Procede el recurso de casación (ante el TS) por infracción de ley y por quebrantamiento de forma contra:

    1. Las sentencias dictadas por la Sala de lo Civil y Penal de los Tribunales Superiores de Justicia en única o en segunda instancia y

    2. Las sentencias dictadas por las Audiencias en juicio oral y única instancia.

     

    Es previsible que vaya primero al TSJ, pero dependerá de cómo se planteé el recurso por la defensa del prezi, porque como ves, cabe acudir al TS directamente, aunque para alargar el asunto lo normal es que acudan a la primera opción para luego ir al Ts.

    Otrito pa usté.

    Edito para aclarar...si la sentencia de la AP ha sido en única instancia tiene que recurrirse ante el Ts, pero ya digo que no lo sé, me faltan datos.

     

    El único recurso posible dentro de la jurisdicción penal ordinaria es el recurso de casación ante el TS, que deberá prepararse en el plazo de cinco dias a contar desde la última notificación. El recurso de apelación ante la Sala Civil Penal del TSJ sólo actualmente es posible en el procedimiento del Tribunal del Jurado como previo al de casación. Un saludo
    ¡¡¡Aguante Atlético!!!
  • 19-12-2011 17:04 en respuesta a

    Re: O.T. Del Nido al talego

     Cuando verá esa noticia referente a Caratorcida???

    Qué ganas!!

    Atleti: "Yo seguiré tu seguidor, yo contigo hasta morir" y más allá.
  • 19-12-2011 18:36 en respuesta a

    Re: O.T. Del Nido al talego

    Socio nº 8894:
    JESUSEZ:

    pasaba:
    JESUSEZ:

     Con esa condena va palante, aunque recurrirá...

    Tu que sabes de esto, ¿TSJ y Supremo o Supremo directo?

    Un saludín.


    Artículo 846 bis a. LECrim.

    Las sentencias dictadas, en el ámbito de la Audiencia Provincial y en primera instancia, por el Magistrado-Presidente del Tribunal del Jurado, serán apelables para ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la correspondiente Comunidad Autónoma.

    Artículo 847. Redacción según la Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo.

    Procede el recurso de casación (ante el TS) por infracción de ley y por quebrantamiento de forma contra:

    1. Las sentencias dictadas por la Sala de lo Civil y Penal de los Tribunales Superiores de Justicia en única o en segunda instancia y

    2. Las sentencias dictadas por las Audiencias en juicio oral y única instancia.

    Es previsible que vaya primero al TSJ, pero dependerá de cómo se planteé el recurso por la defensa del prezi, porque como ves, cabe acudir al TS directamente, aunque para alargar el asunto lo normal es que acudan a la primera opción para luego ir al Ts.

    Otrito pa usté.

    Edito para aclarar...si la sentencia de la AP ha sido en única instancia tiene que recurrirse ante el Ts, pero ya digo que no lo sé, me faltan datos.

     

    El único recurso posible dentro de la jurisdicción penal ordinaria es el recurso de casación ante el TS, que deberá prepararse en el plazo de cinco dias a contar desde la última notificación. El recurso de apelación ante la Sala Civil Penal del TSJ sólo actualmente es posible en el procedimiento del Tribunal del Jurado como previo al de casación. Un saludo

    Gracias a ambos.

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